Normativa de adelantamiento a ciclistas de la DGT

por

Ciclistas y vehículos están condenados a entenderse. La circulación de los primeros por las carreteras siempre ha provocado mucha controversia y más ahora que existen muchas dudas sobre cómo deben ir en las vías que comparten con los coches.

Por esta razón, hemos creído conveniente recopilar aquí algunas de las normas de circulación que afectan tanto a vehículos como a ciclistas.

Código de circulación para adelantar ciclistas

La normativa para adelantar ciclistas establece en 1,5 metros la distancia mínima que debe respetar el vehículo para rebasar a las bicicletas. También se aplica esta separación incluso cuando el coche tenga que verse obligado a pisar una línea continua.

Para garantizar el paso a los ciclistas será necesario realizar una maniobra un tanto compleja, ya que en ocasiones exigirá la ocupación de una parte del otro carril o el carril izquierdo por completo con tal de garantizar la seguridad de todos los actores.

Normativa para ciclistas que circulan en carretera

También deben respetar la normativa de circulación los ciclistas, aunque en ciertos casos hay bastante confusión debido a que los ayuntamientos han aprobado leyes específicas de circulación que contradicen lo recogido en la Ley de Tráfico. Es el caso por ejemplo de los consistorios que permiten la circulación de las bicicletas por las aceras.

La normativa ciclista en un paso peatonal le otorga prioridad respecto a los vehículos a motor, pero respecto a los peatones, no puede cruzarlo de manera transversal para girar o cambiar de sentido, excepto cuando se baje de la bicicleta y la lleve a pie, en donde en ese caso disfrutaría de las preferencia de cualquier peatón.

Hay muchas dudas sobre cómo deben circular las bicicletas cuando van en grupo. Puede resultar un tanto molesto si van ocupando el ancho de la vía dificultando el paso del resto de coches. Pues la normativa de ciclistas para circular en pelotón permite, tal y como recoge el artículo 54 del Reglamento General de Circulación, ir en grupo sin que esto implique ir pelotón.

Lo adecuado es que lo hagan por el arcén de su derecha y en el caso de no ser transitable podrían usar la parte imprescindible de la calzada.

Los ciclistas, de manera excepcional, pueden ir en posición paralela, en columna de a dos, aproximándose lo máximo posible a la parte derecha de la vía y poniéndose en hilera en aquellos tramos que carezcan de visibilidad y cuando formen aglomeraciones. La normativa para ciclistas en autovías les permite circular por el arcén, sin invadir en ningún instante la calzada.

Además, la ley de tráfico para ciclistas les obligan a circular por el carril bici, y en el caso de no haberlo, por la carretera con el resto de vehículos.

¿Te ha parecido interesante este artículo? ¿Crees que no ha quedado algún punto claro o tienes algo que aportar? No dudes en dejar tus comentarios más abajo.