Recurrir una multa mal notificada te devolverá tus puntos

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Como te veníamos explicando en un artículo anterior, puedes recurrir multas si crees que éstas han sido injustas. No obstante, recientemente ha salido una nueva normativa que todavía nos proporciona más ventajas, y es que una multa mal notificada obligará a la DGT a devolver los puntos restados a un conductor. Se trata de una sentencia sin precedentes que podría suponer un duro golpe contra Tráfico, principalmente porque eso implicaría la devolución de puntos a casi 10.000 conductores al año.

Desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) sostienen que una de cada tres sanciones pertenece a multas con datos incorrectos o que no están correctamente notificadas. Según sus cálculos, extrapolado esto al número de sanciones que implican la retirada de créditos del carnet (un 1%) significaría que unos 45.000 conductores habrían perdido puntos sin tener constancia de ello.

 

Más facilidades al reclamar multas de tráfico

Se presenta un nuevo escenario para los automovilistas, que tendrán más facilidades para reclamar ante notificación errónea de las multas de tráfico. Y todo ello gracias a esta sentencia que falló a favor de un conductor que reclamó ante la justicia la devolución de los puntos retirados por una multa que previamente se anuló al no ser notificada. El caso surgió a partir de la reclamación por parte de la Agencia Tributaria de un pago de 240 euros correspondientes a una multa no pagada en plazo y que contaba también con recargo.

En su recurso detalló que la citada sanción no se le notificó, pero desde Hacienda dicha reclamación fue denegada al aparecer en la relación de sancionados del tablón electrónico Testra, además de informar que dicho aviso fue devuelto ante la ausencia del destinatario.

En realidad, lo que sucedió es que la multa fue enviada a otra dirección, así que el afectado presentó un nuevo recurso ante el Tribunal económico-administrativo de Madrid consiguiendo de esta manera que se le retirase la sanción. Esto supone una referencia para aquellos conductores que reciban una multa con nombre incorrecto, así como el domicilio o la fecha de la misma.

Para la devolución de los puntos tuvo que esperar un poco más. Una sentencia del tribunal Contencioso-Administrativo número 21 de Madrid le acabó dando la razón. Como recoge AEA, “la sanción no había adquirido firmeza y no debió anotarse en el Registro de Conductores e Infractores, ni tampoco la detracción de puntos”. De ahí que se acabarán restituyendo los tres puntos retirados.

Esto fija un precedente jurídico que obligará a la DGT a la devolución de aquellos puntos restados de manera indebida al tratarse de sanciones mal tramitadas. Supondrá un aliciente para recurrir multas mal notificadas al no llegar al domicilio del infractor o al tener datos incorrectos.