Cuál es la multa por saltarse un semáforo en rojo

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Una de las infracciones más habituales que cometen los conductores, casi a diario, es la de saltarse un semáforo en rojo. Pese al peligro que ello conlleva, sobre todo, cuando se trata de atravesar una intersección, es una de las conductas más comunes. Lógicamente, esta infracción está penada en el Reglamento General de Circulación, en concreto, en su artículo 146. En este artículo, te contamos cuál es la multa por semáforo en rojo.

El artículo 146 del Reglamento General de Circulación, sobre Semáforos circulares para vehículos, establece que una luz roja fija prohíbe el paso a los vehículos, que tampoco podrán superar la línea de detención anterior más próxima. Además, añade que si el semáforo está dentro o en el lado opuesto de un cruce, los coches no pueden entrar en ésta ni, igualmente, superar la línea de detención más próxima.

Por tanto, los semáforos establecen la prioridad de paso en un cruce y, si no se respetan, se incurre en una infracción penada con una multa y la pérdida de puntos en el carné, ya que equivale a saltarse un stop o un ceda el paso. La multa por semáforo en rojo es de 200 euros y cuatro puntos del carné. Una multa por semáforo en rojo puede ejecutarla un agente de la autoridad competente en el caso que presencie directamente la infracción, o bien mediante algún tipo de dispositivo, como cámaras, que detecten que el coche se ha saltado el semáforo.

Semáforo en ámbar

El mismo artículo 146 establece, para los semáforos en ámbar, que una luz amarilla fija equivale a una luz roja, es decir, obliga a los vehículos a detenerse, salvo que la luz se encienda cuando el vehículo se encuentra muy cerca y no pueda detenerse en condiciones de seguridad.

En cambio, cuando el semáforo tiene la luz amarilla intermitente, o dos luces amarillas alternativamente intermitentes, significa que los conductores deben extremar las precauciones, pero no detenerse, a no ser que sea necesario ceder el paso.

Es decir, un semáforo con la luz ámbar fija equivale a un semáforo en rojo y, por tanto, se incurre en una infracción en caso de saltárselo, con la misma multa por semáforo en rojo. Si el semáforo tiene la luz ámbar intermitente, entonces no hay sanción, aunque hay que extremar las precauciones y detenerse antes de que se ponga en rojo. Si hubiese una señal que obligara a detenerse, entonces habría que hacer caso a ésta.

Una excepción, aunque algo ambigua

Existe una excepción por la que no hay multa por semáforo en rojo, aunque es un poco ambigua. Se refiere a cuando tenemos que dejar paso a vehículos prioritarios. En efecto, el Reglamento General de Circulación establece que siempre hay que facilitar el paso a estos vehículos, tales como ambulancias, coches de policías, bomberos etc. Pero si, al dejar paso a estos vehículos prioritarios, nos saltamos un semáforo en rojo, no debería estar sancionado por un agente. Sin embargo, si una cámara u otro dispositivo detecta esta acción, sí la sancionaría, obligándonos a recurrir.